Calculadora de Incapacidad Permanente

CALCULADORA GRATUITA · ACTUALIZADA 2026

Calcula tu Incapacidad Permanente
y lo que podría corresponderte.

Responde a unas preguntas sobre tu situación médica y laboral y descubre en un minuto el grado más probable y la cuantía estimada de tu pensión, revisada con criterio de abogados especialistas en Seguridad Social.

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Calculadora de Incapacidad Permanente

Estima tu grado probable y la cuantía de tu pensión según las bases y mínimos vigentes en 2026.

¿No la conoces con exactitud? Usa tu salario bruto medio mensual.

Valoración funcional — marca lo que se ajuste a tu caso

Estimación de tu caso
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Estimación orientativa sin validez jurídica. El grado y la cuantía definitivos los determina el INSS tras el informe de valoración médica; en Galant Iuris revisamos tu expediente antes de reclamar.

CÓMO SE CALCULA

Dos variables deciden tu pensión.

El importe depende de tu base reguladora —la media de tus bases de cotización, que se calcula de forma distinta según la incapacidad derive de enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional— y del grado que finalmente reconozca el INSS. Sobre esa base se aplica un porcentaje fijo para cada grado.

Además existen mínimos y máximos legales garantizados que pueden elevar o limitar el importe final, y que varían según tu situación familiar y tu edad.

Las pensiones de incapacidad absoluta y gran invalidez están exentas de IRPF. La de incapacidad total sí tributa como rendimiento del trabajo.

Grados y porcentaje sobre la base reguladora

  • ParcialIndemnización única de 24 mensualidades. Permite seguir trabajando en tu misma profesión.
  • Total — 55% (75% cualificada)Pensión vitalicia. Inhabilita para tu profesión habitual, no para otra distinta. El 75% puede aplicarse a partir de los 55 años cuando es difícil encontrar otro empleo.
  • Absoluta — 100%Inhabilita para cualquier profesión u oficio.
  • Gran invalidez — 100% + complementoSe añade un complemento para retribuir a quien te ayuda en los actos esenciales de la vida diaria.

PREGUNTAS FRECUENTES

Dudas habituales sobre la Incapacidad Permanente

¿Cuánto se cobra por una incapacidad permanente total?

Con carácter general, el 55% de tu base reguladora. A partir de los 55 años, y cuando resulta presumible la dificultad para encontrar un empleo distinto al habitual, ese porcentaje puede elevarse al 75% (la llamada "total cualificada").

¿Qué diferencia hay entre incapacidad total, absoluta y gran invalidez?

La total te inhabilita solo para tu profesión habitual y reconoce entre el 55% y el 75% de tu base. La absoluta te inhabilita para cualquier trabajo y reconoce el 100%. La gran invalidez añade a ese 100% un complemento cuando necesitas ayuda de otra persona para las actividades básicas de tu día a día.

¿Cómo se calcula la base reguladora?

Es una media de tus bases de cotización durante un periodo determinado, que varía según la incapacidad tenga su origen en una enfermedad común, un accidente no laboral, un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. En Galant Iuris revisamos tu vida laboral para confirmar que el cálculo aplicado por el INSS es correcto.

¿Pueden revisar mi incapacidad permanente en el futuro?

Sí. El INSS puede citarte a revisión por mejoría o agravamiento en los plazos fijados en tu resolución. Te ayudamos también a defender tu grado si te citan a una revisión, o a solicitar un agravamiento si tu situación ha empeorado.

El INSS me ha denegado la pensión, ¿qué puedo hacer?

Dispones de un plazo para presentar reclamación previa y, si se desestima, demanda ante el Juzgado de lo Social. Cuanto antes revisemos tu expediente e historial clínico, más margen tenemos para reforzarlo con los informes que suelen faltar.

EL ENFOQUE GALANT IURIS

¿Tu grado no está claro o el INSS te lo ha denegado?

Nuestro equipo de Seguridad Social estudia tu historial clínico y laboral para construir el expediente con las pruebas que el juzgado necesita. Ningún juez concede una pensión sin pruebas documentales irrebatibles, y sabemos qué suele faltar en el archivo.